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jueves, 28 de marzo de 2024

PENSIÓN DE ALIMENTOS ¿Hasta cuándo se debe cumplir con esta obligación?




28/03/2023
 La pensión de alimentos para menores de edad es un derecho indiscutible y obligatorio que padres y madres de familia deben cumplir para asegurar el desarrollo integral de sus hijos e hijas. Sin embargo, este derecho no siempre se extiende a los beneficiarios una vez que cumplen la mayoría de edad.

De conformidad con lo contemplado en el Código Civil los hijos mayores de 18 años pueden seguir accediendo a una pensión de alimentos siempre que cursen estudios superiores de manera exitosa, es decir, con notas aprobatorias y tengan un óptimo rendimiento académico. Dichos estudios pueden ser tanto universitarios como técnicos. Sin embargo, la edad tope en estos casos es 28 años. 

Asimismo, se debe tener claro que, si el juez fija un monto de pensión, y se diera un caso de incumplimiento de la obligación, los hijos e hijas están en condición de solicitar una liquidación de pensiones devengadas, que implica el cálculo de la deuda total y la exigencia del pago completo. Si los padres no cumplan, pese a las exhortaciones del juez, se iniciará un proceso penal de omisión a la asistencia familiar.

Por ello, se recomienda contar con una buena asesoría legal para que los hijos e hijas tengan el apoyo financiero necesario que les permita culminar sus estudios y desarrollarse como personas.

Comunícate: 941975025



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